Convocatoria abierta hasta el 17 de septiembre
El Área de Desarrollo Local del
Ayuntamiento de Mairena del Alcor informa de la aprobación de las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, de impulso al asociacionismo y promoción comercial en
materia de artesanía, por la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio,
según publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Los artesanos que pretendan solicitar la
subvención pendiente de su convocatoria, tienen que estar inscritos en
el Registro de Artesanos de Andalucía con anterioridad a la presetnación
de la solicitud.
El objetivo es incrementar la
comercialización de los productos artesanos andaluces y ponerlos en
valor, así como modernizar los talleres y empresas. Mediante la
promoción de las relaciones de cooperación del sector artesano andaluz,
impulsar el asociacionismo en todos sus niveles como fórmula de
organización que favorece los intereses del colectivo. También impulsar
la identificación geográfica de las zonas y puntos de interés artesanal
ya declarados, y difundir el distintivo Andalucía, calidad artesanal.
Entre los criterios de valoración de las
solicitudes recibidas, se implementan medidas destinadas a compensar,
equilibrar y no perpetuar las desigualdades entre hombres y mujeres,
destacando el incremento del empleo femenino en los talleres. Por otro
lado, las personas o entidades beneficiarias deberán acreditar que se
encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no son deudoras
de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Dos modalidades de subvención
Las subvenciones de artesanía se dividen
en dos modalidades, la modalidad de asociaciones, federaciones y
confederaciones de artesanos y artesanas (ARA) y la modalidad de
empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (ARE). La modalidad
ARE se divide, a su vez, en ARE para gastos corrientes y en ARE para
gastos de capital.
La cuantía máxima de las ayudas no será superior a 200.000 euros durante un periodo de tres ejercicios fiscales.
Conceptos subvencionables
Asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos
La organización de ferias o muestras de
artesanía en lo relativo a gastos de promoción, contratación de espacio,
stand y seguridad. Solo será subvencionable la organización de tres
muestras durante el año con el límite máximo de 18.000 euros para cada
una de ellas.
Contratación de una persona gerente con el límite máximo de 18.000 euros para un contrato de doce meses.
Contratación de una persona administrativa con el límite máximo de 15.000 euros para un contrato de doce meses.
Diseño y edición de revistas y catálogos de productos en soporte de papel y digital con el límite máximo de 5.000 euros.
Empresas, personas físicas o jurídicas
1.- Gastos corrientes:
La adquisición en régimen de propiedad
de bienes de equipo, pequeña maquinaria, herramientas y utillaje de
precio unitario inferior a 300 euros. Materias primas necesarias para el
desempeño de la actividad artesana con el límite máximo de 6.000 euros.
Participación en ferias y certámenes
comerciales, en lo relativo a gastos derivados de derechos de
inscripción, montaje y gestión del stand con el límite máximo de 3.000
euros.
Diseño y edición de revistas y catálogos de productos en soporte de papel y digital con el límite máximo de 3.000 euros.
2.- Gastos de capital
Adquisición de maquinaria, herramientas y
utillaje u otros bienes inventariales de precio unitario igual o
superior a 300 euros y cuyo periodo de utilización sea superior a un
año, necesarios para la realización de la actividad artesana con el
límite máximo de 12.000 euros.
Actuaciones de remodelación del taller
artesanal, adquisición de rótulos o placas identificativas con el límite
máximo de 5.000 euros.
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