martes, 15 de julio de 2014

Convocatoria 2014 de subvenciones por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo



  • Convocatoria:
    Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones recogidas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
  • Organismo convocante: Consejería de Eonomía, Innovación, Ciencia y Empleo
  • Administración convocante: Autonómica
  • Medio de publicación: BOJA
  • Número de publicación: 134
  • Solicitantes:
    Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas para cada una de las líneas enunciadas en el artículo 1.2, siempre que se encuentren en la situación que fundamenta su concesión o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras, las siguientes entidades:
    a) Confederaciones y Federaciones de Economía Social, para las líneas 2, 3, 4, 6 y 7.
    b) Fundaciones de Economía Social, para las líneas 2, 3, 4 y 6, solo en la modalidad de Programas de Formación para el Emprendimiento y la Gestión Empresarial en Economía Social.
    c) Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales, para las líneas 1 y 5.
    d) Grupos Cooperativos, para la línea 5.
  • Observaciones:
    El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 6 de junio de 2014, será:
    a) De un mes contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para los comportamientos susceptibles de ser subvencionados en virtud de la Medida 1.1. Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales y de la Medida 1.2. Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado, de la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, siempre que tales comportamientos y acciones se hubieran formalizado entre el 3 de septiembre de 2013, y el último día de presentación de las solicitudes.
    b) De un mes contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para las acciones a realizar desde el 1 de enero de 2014 que sean susceptibles de ser subvencionadas en virtud de las siguientes líneas de subvención:
    Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social.
    Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social.
    Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social.
    Línea 5. Intercooperación Empresarial en la Economía Social.
    Línea 6. Formación Profesional en Economía Social.
    c) De quince días contado desde la entrada en vigor de la presente Resolución, para las acciones a realizar desde el 1 de enero de 2014, que sean susceptibles de ser subvencionadas en virtud de la Línea 7. Asociacionismo.
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